Garantías al alquiler de vivienda

El presente programa tiene por objeto prestar una garantía temporal, de carácter personal, para el alquiler de viviendas en el entorno rural por aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos.

La garantía prestada consistirá en la suscripción de un seguro de pago del alquiler y de un seguro de hogar por parte de la Diputación Foral de Álava, con asistencia jurídica vinculada al contrato de arrendamiento según las condiciones recogidas en las pólizas de seguros aplicables temporalmente en el momento de la suscripción del contrato de arrendamiento. En ambos casos, la Diputación Foral de Álava actuará como tomadora de los seguros y las personas aseguradas serán las arrendadoras de las viviendas.

Adicionalmente proporcionará un servicio para redactar y tramitar los contratos de arrendamiento, así como las actualizaciones de precios y depósito de las fianzas.

Las viviendas han de estar radicadas en los núcleos de población ubicados en municipios de menos de 20.000 habitantes, y han de reunir ciertas condiciones generales de adecuación estructural y constructiva y de habitabilidad. No deberán estar sometidas a régimen alguno de protección pública, por tanto, se tratará de viviendas libres. Además, no estarán ya arrendadas, ocupadas, ni sometidas a cualquier limitación que impida arrendarlas.

Las viviendas deben presentar un aspecto pulcro y aseado y tener la cocina amueblada y dotada de placa de cocinar, fregadero, lavadora, frigorífico y campana extractora, y un baño provisto de inodoro, lavabo y ducha o bañera, todo ello en perfecto funcionamiento.

El precio del arrendamiento de la vivienda, sin los gastos de comunidad si los hubiera, debe ser igual o inferior a la siguiente ratio de euros por metro cuadrado mensuales:

Intervalo metros cuadrados Máximo metro cuadrado / mes Máximo alquiler mensual

36-60

10,00

450,00

61-90

8,50

550,00

91 y superiores

7,00

700,00

 

a) El importe destinado al pago mensual del alquiler no debe superar el 30% de los ingresos mensuales de las personas arrendatarias.

b) La cuota de esfuerzo total, incluyendo el pago mensual del presente alquiler más el pago del importe mensual de las deudas financieras y no financieras de las que las personas arrendatarias sean titulares, debe ser igual o inferior al 40% de los ingresos mensuales de las personas arrendatarias.

 

Personas destinatarias

 

ADHESIÓN PERSONAS ARRENDADORAS

Inicio del plazo de presentación de solicitudes de adhesión: 23 de mayo de 2025

ADHESIÓN PERSONAS ARRENDATARIAS

Inicio del plazo de presentación de solicitudes de adhesión: 7 de julio de 2025

 

 

 

Procedimiento de adjudicación de viviendas

 

1.

Solicitudes
de arrendamiento
 

Las solicitudes de arrendamiento se calificarán por orden de entrada en la Diputación Foral de Álava, estableciéndose agrupaciones mensuales de solicitudes, a último día de cada mes.




2.

Clasificación
de solicitudes

Una vez realizada la agrupación, las solicitudes se clasificarán en función de las preferencias, bien por cuadrillas o el total del Territorio, detalladas en el documento de solicitud, y se relacionarán con las viviendas disponibles para alquilar. Para ello se tendrá en cuenta la cuadrilla en la que se encuentren dichas viviendas y el número de personas que puedan habitar las mismas.


3.

Remitir comunicación

Se remitirá a los solicitantes de vivienda en alquiler, a través de correo electrónico, una comunicación en la que se indique la vivienda que se les ha asignado, siempre que exista alguna. En caso de que haya más de una vivienda a la que puedan optar, se les solicitará que indiquen un orden de prelación entre las mismas. En caso de que no se pueda asignar ninguna vivienda, se remitirá la comunicación a los solicitantes indicando este hecho e informando de que pasan a formar parte de la siguiente agrupación de solicitudes que se vaya a realizar.




4.

Aceptación
o rechazo

Los solicitantes, en el plazo de 5 días hábiles desde el siguiente a la recepción de la comunicación de Diputación Foral de Álava, deberán remitir su aceptación o rechazo de la vivienda asignada, o manifestar su orden de prelación en caso de optar a más de una vivienda.


5.

Asignación
de viviendas disponibles

Tras este procedimiento, se dictará resolución con la asignación de viviendas disponibles en cada periodo.




6.

Proceso de formalización
de contratos

Una vez tomada la resolución, se comenzará el proceso de formalización del contrato de alquiler, tramitación de fianzas asociadas al mismo, y alta de los seguros que conforman la garantía del presente programa. La fecha de efecto del contrato de alquiler, así como de los seguros asociados será el primer día del mes siguiente a su firma, y en todo caso deberá ser como máximo a los tres meses desde la fecha de inicio de la agrupación mensual en la que se otorgue vivienda.